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Resum:
BASES
1. Podrán optar a las ayudas tanto las personas físicas como las personas jurídicas y privadas, de cualquier naturaleza, que gestionen el proyecto para el que se solicita la ayuda. Previa justificación podrán también solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas que actúen como intermediarios de la persona o entidad que gestione el proyecto para el que se solicite la ayuda.
2. La ayuda solicitada deberá ser de un importe igual o supoerio a 30.000 euros y corresponder como mínimo al 50% del coste total del proyecto, que deberá ser terminado en un plazo no superior a los 24 meses desde la concesión de la ayuda.
3. El proyecto para el que se solicite la ayuda deberá ajustarse al tema objeto de la convocatoria: el soporte o la promoción de la mejora de la calidad de vida, salud y nutrición de la población infantil sin recursos. Los proyectos se priorizarán según los criterios siguientes:
- la creación de infraestructuras o el mantenimiento de las mismas
- la adquisición de equipamiento sanitario ó de otra índole, necesario para llevar a término el proyecto
- la puesta en marcha y/o el desarrollo de programas sanitarios y/o nutricionales
En la presente convocatoria y sin perjuicio de lo atnerior, la FUNDACIÓ ORDESA priorizará la subvención de un proyecto como mínimo para la población infantil de Haití y mantiene también prioridad para un proyecto a deserrollar en España.
4. La solicitud y la documentación requerida deberá remitirse por duplicado y por correo certificado a FUNDACIÓ ORDESA, adjuntando CD-Rom con toda la documentación del proyecto.
PARA MÁS INFORMACIÓN, CONSULTAR LAS BASES
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